La Cámara de Diputados sancionó el proyecto de “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, al que le había dado media sanción a fines de abril y que volvió del Senado con modificaciones. Tras una sesión de 14 horas, los diputados avalaron con 147 votos a favor, 107 votos en contra y 2 abstenciones la Ley de Bases, aceptando los cambios a la redacción propuestos por el Senado.

La “Ley Bases”, como se conoce al proyecto, tuvo una primera versión, con un contenido distinto, que fue debatida por la Cámara de Diputados entre fines de enero y principios de febrero y no prosperó en la votación en particular de los artículos.

¿Qué pasó con la primera versión de la Ley Bases? El primer proyecto enviado por el presidente Javier Milei al Congreso tenía 664 artículos (más anexos) y refería a temas muy diversos como la emergencia económica; la reorganización administrativa; seguridad y defensa; justicia; interior, ambiente, turismo y deporte; capital humano; salud pública; e infraestructura y servicios.

Además, el proyecto ratificaba el decreto de necesidad y urgencia (DNU) dictado por Milei el 20 de diciembre último, que aún se encuentra vigente pero que tuvo un primer traspié cuando fue rechazado en marzo por el Senado.

El proyecto tratado por el Congreso entre enero y febrero de 2024 contenía menos artículos que los que había presentado el Ejecutivo en su versión original.

La iniciativa del Poder Ejecutivo fue aprobada en la votación en general por la Cámara de Diputados el 2 de febrero. Sin embargo, 4 días después, en la votación en particular -es decir, cuando se vota artículo por artículo-, no se lograron los acuerdos necesarios para la aprobación de algunos artículos clave y el oficialismo se vio forzado a llevar nuevamente el proyecto a comisiones, lo que implica que el expediente volvió a su punto de inicio.

¿Cómo era la versión de la Ley Bases que llegó al Senado? En las semanas previas al nuevo debate en comisiones circuló un borrador del nuevo texto del proyecto. Ese borrador constaba de 279 artículos, menos de la mitad de la versión original que fracasó en la Cámara de Diputados.

El proyecto que finalmente obtuvo dictamen y fue aprobado en general por la Cámara de Diputados tenía 232 artículos, es decir que se redujo aún más, y el aprobado en particular finalizó con 238 artículos.

La iniciativa estaba dividida en 10 títulos, entre los que se destacan la declaración de emergencia, la reforma del Estado, la promoción del empleo registrado, la modernización laboral, la energía, el Régimen de Incentivo de Grandes Inversiones (RIGI) y cambios previsionales.

El texto, además, contenía un anexo con las empresas públicas sujetas a privatización o a concesión. Un primer listado incluía a Aerolíneas Argentinas SA, Energía Argentina SA, Radio y Televisión Argentina SE e Intercargo SAU.

El segundo listado contenía empresas sujetas a privatización o a concesión, e incluía a AySA SA, Correo Oficial de la República Argentina SA, Belgrano Cargas y Logística SA, Sociedad Operadora Ferroviaria SE y Corredores Viales SA.

¿Cuáles fueron las modificaciones acordadas en el Senado? Al comienzo del debate en el Senado, el miembro informante del oficialismo, Bartolomé Abdala (LLA), leyó las modificaciones acordadas con el objetivo de acercar posiciones con los senadores que aún estaban en duda y evitar la caída de la Ley Bases.

De este modo se decidió bajar a Aerolíneas Argentinas, el Correo Argentino y Radio y Televisión del listado de privatizaciones (artículo 7) y eliminar por completo el capítulo previsional, manteniendo así la moratoria para quienes no suman suficientes años de aportes (artículos 227 y 228).

Otro de los cambios incorporados apuntó a la prohibición, en el artículo 3, de la facultad del Poder Ejecutivo de disolver organismos vinculados a la cultura. Mientras tanto, en el artículo 6 se incorporó a la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA) como organismo excluido de las facultades de intervención.

A su vez se agregó el artículo 63 bis, de fuerte interés para los gobernadores, que evita la rescisión de los contratos de obras públicas que estén ejecutados en un 80% o más, o que cuenten con financiamiento internacional para su concreción.

Esta modificación replica la propuesta de Martín Lousteau en el dictamen de minoría, pero para obras con un 75% de avance. También agregó que para los contratos que ya hayan sido suspendidos, su ejecución se reanudará luego de que se firme un acuerdo que deberá ser aprobado por la autoridad competente.

En la primera tanda de modificaciones, Abdala también anunció que se modificó el artículo 175 para morigerar el procedimiento de aprobación de un vehículo de proyecto único (VPU) y ”evitar que, por cuestiones de estricto rigorismo formal, se rechacen proyectos o se incumplan plazos”.

Cuando ya iban más de 10 horas de sesión, Abdala anunció más reformas en el Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI) que fueron negociadas con la oposición dialoguista con el objetivo de blindar el articulado. En ese sentido, informó que se acota este régimen de inversiones al sector agroforestal, infraestructura, minería, energía y tecnología (Art 165).

Además, en respuesta al reclamo de las PYMES se incorporó en el artículo 174 un plan de desarrollo de proveedores locales que deberá tener un compromiso de contratación de proveedores locales de un mínimo de un 20% de inversión sobre el pago total de proveedores. Esto deberá mantenerse en la etapa de construcción y operación.

Finalmente anunció reformas al artículo 196, en el que se modifican los plazos de los cobros de exportaciones de productos de proyectos adheridos al RIGI efectuados por los VPUs; y al artículo 205, en el que se permite que las acciones de VPUs puedan ser transferidos como objetos jurídicos.

En la votación en particular, el Senado rechazó el artículo del capítulo de modernización laboral que deroga el Régimen Jurídico del Viajante.

Esta versión, con estas modificaciones, fue enviada a Diputados. Tras una sesión de 14 horas, los diputados avalaron el último jueves con 147 votos a favor, 107 votos en contra y 2 abstenciones la Ley de Bases, aceptando los cambios a la redacción propuestos por el Senado.

El presidente Milei esperó con ansiedad la votación de la Cámara de Diputados sobre la Ley Bases y el paquete fiscal, con la intención de poner en vigor cuanto antes esa normativa. Anoche, los diputados sancionaron las normas y se lo comunicaron al Poder Ejecutivo, que ya queda habilitado para promulgarlas.

La Constitución establece que el camino de una ley sancionada por el Congreso el Presidente puede promulgarla por medio de un decreto o bien a través de la “promulgación de hecho”, ya que si no se pronuncia pasados diez días hábiles desde que se le comunicó la norma se promulga automáticamente. En ambos casos, la ley se publica luego en el Boletín Oficial y entra en vigencia de acuerdo con los plazos legales. La intención de Milei es acelerar los trámites todo lo posible, de modo que la semana próxima ya podrían regir los cambios.

Los detalles de las leyes El primer artículo, en el que se declara la emergencia pública por un año en materia administrativa, económica, financiera y energética -que faculta al Ejecutivo a arrogarse poderes especiales en estas áreas-, no sufrió modificaciones en esta última etapa. En Diputados, no obstante, esta prerrogativa presidencial se recortó sustancialmente, cuando pasó de 11 emergencias a tan solo cuatro.

En el apartado sobre privatizaciones, el Gobierno fracasó en su intento de incluir en la versión final a Aerolíneas Argentinas, Correo y Radio y Televisión Argentina (RTA). Los opositores dialoguistas impusieron el criterio de discutir la versión aprobada en el Senado, que las excluye de las empresas sujetas a un proceso de venta por parte del Poder Ejecutivo. Quedaron, en cambio, las siguientes: Energía Argentina SA (ex Enarsa) e Intercargo, sujetas a privatización total; Agua y Saneamientos Argentinos (AySA), Yacimientos Carboníferos Río Turbio y Nucleoeléctrica Argentina (NASA), que podrán incluir capitales privados en un programa de propiedad participada, pero deberán conservar el control mayoritario por parte del Estado; y Belgrano Cargas y Logística, Sociedad Operadora Ferroviaria (SOFSE) y Corredores Viales, como empresas sujetas a su privatización o concesión.

Ley Bases

Desregulación del Estado Se limitó la facultad del Poder Ejecutivo para intervenir organismos públicos. Se incorporaron 15 entes e institutos que no podrán disolverse. Se listan el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI); el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG); la Administración de Parques Nacionales (APN); el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA); el Instituto Antártico Argentino (IAA); el Instituto de Investigaciones Científicas y Técnicas para la Defensa (CITEDEF); el Centro de Investigación Tecnológica

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